Hoy entra en vigor la nueva Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas aprobada el pasado 28 de Septiembre por el Congreso de los Diputados para simplificar la creación de empresas, disminuir obstáculos regulatorios, combatir la morosidad y fomentar su crecimiento y desenvolvimiento.
¿De qué trata la Ley Crea y Crece?
Con la nueva Ley «Crea y Crece», el proceso para construir una empresa será mucho más fácil, rápido y económico.
Por un lado, se establece la posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros establecidos hasta el momento, permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativos para su puesta en marcha.
Por otro lado, se facilita y agiliza su constitución gracias a los procedimientos telemáticos a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales. (en menos de 10 días, se podrá constituir una empresa)
20% de los beneficios hasta alcanzar los 3.000 euros
Aunque la Ley Crea y Crece establece que se podrá constituir una Sociedad Limitada con un Capital de tan solo 1 euro, el 20% de los beneficios obtenidos por la empresa, deberán de ir destinados OBLIGATORIAMENTE a la partida de “Reserva Legal” hasta alcanzar los 3.000 euros, cantidad mínima con la que cuál podías constituir una empresa antes de la nueva Ley.
En el caso de que la empresa se disolviera sin llegar a subsanar dicho importe, serán los socios quienes tendrán que responder de manera solidaria y asumir la diferencia del capital social acumulado, hasta los 3.000 euros que se requieren.
¿Qué medidas se adoptan para luchar contra la morosidad?
La norma incluye, entre otras, medidas para avanzar en la lucha contra la morosidad comercial, por lo que la expedición y recepción de factura electrónica será obligatoria en todas las operaciones comerciales de las empresas, modificando así la normativa actual. Con esta medida se quiere favorecer la “transformación digital” de las empresas, y con ello la trazabilidad y control de las fechas de pago de las facturas. Gracias a esta precisión, se podrá conocer la realidad de morosidad comercial.
*Actualmente, la facturación electrónica será obligatoria a partir del 2023, para todas aquellas empresas que facturen más de 8 millones de euros y del 2025 para todas aquellas que facturen menos de 8 millones.
Como otra medida más para luchar contra la morosidad, se establece que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) no podrán acceder a subvenciones públicas, ni ser entidad colaboradora en su gestión. Estas medidas afectarán positivamente a los autónomos y pequeñas empresas, ya que son las que sufren las consecuencias de los retrasos o falta de pago por parte de las grandes empresas.
Asimismo, se creará un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, que hará un seguimiento y análisis de los datos de los plazos de pagos y publicará un listado anual de empresas morosas.
También se incluye en la Ley de Sociedades de capital y la Ley de Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen con mayor detalle en sus memorias anuales el periodo medio de pago a sus proveedores o el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.
Alternativas financieras para las empresas
La nueva Ley Crea y Crece impulsa la financiación participativa, inversión colectiva, el capital riesgo, y potencia mecanismos como el crowdfunding, adaptado a la normativa de la Unión Europea.
La industria del capital del riesgo se impulsa, ampliándose el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades, incluyendo empresas financieras con alta actividad tecnológica.
Se amplían las figuras reconocidas para fondos cerrados, contribuyendo a mejorar la financiación empresarial de compañías que hayan visto deteriorada su estructura financiera como consecuencia de la pandemia.
En relación con las Instituciones de Inversión Colectiva, se establecen los medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.
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