Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Fecha

Proceso de Facturación Electrónica en Colombia

Colombia, al igual que muchos otros países latinoamericanos, está apostando fuerte por la facturación electrónica, pero ¿Están las empresas colombianas preparadas para emitir y recibir facturas electrónicamente? ¿Cuáles son los últimos cambios llevados a cabo por la DIAN?

¡Te lo explicamos todo en el siguiente artículo!!

Un poco de historia

En abril de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emprendió el “Plan Piloto de Factura Electrónica”. Fue un proyecto en el que participaron 58 empresas colombianas, con el fin de detectar y corregir posibles errores en el modelo de facturación.

El 29 de Diciembre de 2017, se publicó un decreto en el cual se exponía que; “todas las empresas que solicitaron rangos de numeración para factura electrónica conforme al decreto 1929 durante los cinco años anteriores, tenían seis meses para sumarse a la facturación electrónica”.

El pasado 5 de Mayo de 2020, se publicó la Resolución 000042, a través de la cual se da a conocer las definiciones, condiciones y fechas que se deben seguir para la implementación de la facturación electrónica en el ámbito Nacional Colombiano, siendo el 1 de Noviembre de ese mismo año, la fecha inicial para que todas las empresas se sumasen a esta implementación.

¿Qué objeto tiene acatar la norma?

El objetivo principal es que entre los contribuyentes del país se puedan reducir las altas tasas de evasión fiscal de Colombia y minimizar los costos económicos, aumentar la sostenibilidad e incrementar la eficiencia en las empresas

¿Cuáles son las principales exigencias del conglomerado de normas vigentes?

  1. Todas las facturas electrónicas requieren validación por la DIAN previamente a su expedición.
  2. Los fallos de comunicación electrónica que impidan la validación previa deberán corregirse antes de 48 horas.
  3. La facturación electrónica aplica a las operaciones de compra y venta de bienes y servicios, pagos de nómina, exportaciones, importaciones y los pagos a favor de “no responsables” del impuesto sobre las ventas (IVA).
  4. En el año 2020, solo se permitirá la facturación del 30% de los impuestos descontables, reduciendo dicho porcentaje al 20% y 10% para los años 2021 y 2022 respectivamente.
  5. La DIAN ofrece un facturador gratuito para empresas o personas que no realicen grandes operaciones. Para las empresas con grandes operaciones que quieran soportar su facturación ante la DIAN, podrán optar por el uso de proveedores tecnológicos o por mecanismos propios de facturación.
  6. Las empresas que no facturen electrónicamente no se le permitirá la deducción de sus gastos de la renta.
  7. Las empresas que contraten los servicios de un proveedor de facturación electrónica pueden suscribir pólizas de responsabilidad fiscal ante los eventuales inconvenientes que se presenten frente a la DIAN en relación con el reporte enviado.
  8. La facturación electrónica implica tanto la emisión de facturas electrónicas, como la recepción de las facturas de proveedores.

¿Cuáles son los cambios más recientes?

  1. Simplificación de las responsabilidades fiscales, dentro de la que se incluye un valor que identifica la situación de no ser responsable fiscal.
  2. Reducción de 12 a solo 3 categorías o tipos de documentos electrónicos (Estándar, AIU y Mandatos).

¿Qué consecuencias tiene incumplir la norma?

Por ejemplo, una empresa que expida factura sin los requisitos solicitados por la DIAN, puede afrontar multas equivalentes al 1 % del valor de las operaciones facturadas, sin exceder un máximo de 950 UVT; aproximadamente 32 millones de pesos. Por no cumplir con los plazos la multa será hasta de 15.000 UVT.

El artículo 657 contempla el cierre temporal del establecimiento a todas aquellas empresas que reincidan en el incumplimiento de los requisitos legales para la generación de facturas electrónicas.

¿Qué puedo hacer si no cuento con un sistema adaptado a la recepción de facturación electrónica?

En AmyPro contamos con una amplia trayectoria en la recepción de archivos de facturas electrónicas e integración con el ERP. Ofrecemos el servicio de recepción de facturas de terceros, validación de la información y ajuste de los mecanismos de estructuración conforme a los cambios normativos que se presenten.

Click aquí para más info sobre la legislación vigente

¿Tienes dudas? 

Contáctanos y nuestro equipo de profesionales te ampliarán información al respecto.

 

Compartir post

LinkedIn

Suscríbete a nuestra newsletter

Únete a nuestra comunidad y te mantendremos a la última de nuestros productos y servicios.

Más
artículos